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Una nueva ley para los alquileres turísticos en la Comunidad Valenciana

24 ago

Una nueva ley para los alquileres turísticos en la Comunidad Valenciana

España cuenta cada vez con más normativas relativas al alquiler turístico. Tras las nuevas directivas en vigor en la Costa Brava y la Costa del Sol a comienzos de año, acaba de producirse un cambio muy importante en la Comunidad Valenciana, que incluye las provincias de Alicante (Costa Blanca), Castelón y Valencia.

Nueva ley de alquiler turístico en la Comunidad Valenciana.

Desde el 2 de agosto de 2024, está en vigor una nueva ley de alquiler turístico en la Comunidad Valenciana, la región que incluye las provincias de Alicante, Valencia y Castellón. La nueva ley incluye:

  1. La propiedad no puede alquilarse a la misma persona o familia durante más de 10 días seguidos, 10 días es la estancia máxima.
  2. NO ES POSIBLE ALQUILAR PARTES DE UNA PROPIEDAD. Esto incluye el alquiler de habitaciones y bodegas en las villas, aunque estén totalmente equipadas y tengan entradas independientes, DEBE alquilar toda la propiedad. Por lo tanto, ya no es posible que los propietarios vivan en el piso de arriba y que se alquile el sótano.
  3. En caso de venta, la licencia de alquiler NO se puede transferir, el nuevo propietario debe solicitar su propia licencia.
  4. Al solicitar la licencia se requiere una declaración de la comunidad de propietarios autorizando el alquiler para turistas.
  5. Las llaves NO deben dejarse en taquillas fuera de la propiedad (algunas personas hacen esto para las villas y tienen taquillas en sus paredes exteriores), debe haber un servicio de recepción y entrega de llaves.
  6. Los propietarios deben contratar un seguro de responsabilidad civil, no sólo un seguro de edificios.
¿Qué debe cumplir legalmente una vivienda de alquiler turístico?

Además de las normas anteriores, la propia casa de vacaciones también debe cumplir una número de requisitos asis.

La casa de vacaciones también debe cumplir una número de requisitos asis.

  • Debe proporcionar a sus visitantes un número de teléfono 24 horas, números de emergencia (policía, médicos, centro de salud ....) y mapas que muestren las ubicaciones
  • . Un plano de evacuación en caso de incendio/emergencia debe estar expuesto cerca de la puerta principal.
  • El edificio debe tener ascensor si el piso alquilado está en la 4ª planta.
  • Debe haber al menos aire acondicionado (frío y calor) en el salón/comedor.
  • Debe haber conexión a internet, a menos que el alojamiento esté en una zona donde no haya internet.
  • Debe haber un botiquín de primeros auxilios en el alojamiento.
  • Debe indicar claramente el voltaje en el alojamiento. El alojamiento debe estar equipado con lavadora, frigorífico, plancha, horno/microondas, extractor y televisión.

El alojamiento debe estar equipado con lavadora, frigorífico, plancha, horno/microondas, extractor y televisión. El alojamiento debe estar equipado con lavadora, frigorífico, plancha, horno/microondas, extractor y televisión.

Hay otras reglas, pero el sentido común dicta que usted proporcione ropa de cama, toallas, ...., cuchillos y tenedores.

Licencias de turismo existentes.

La nueva ley entra en vigor el 2 de agosto de 2024. Existen tres tipos de disposiciones transitorias para las licencias de arrendamiento existentes:

  • Para las viviendas aprobadas antes del 1 de julio de 2018:Pueden mantener su aprobación sin ningún cambio.
  • Para las viviendas aprobadas entre el 7 de julio de 2018 y la introducción de la nueva ley:Pueden mantener su aprobación, pero deben cumplir los nuevos requisitos en un plazo de cinco años y renovar su aprobación antes de 2030.
  • Para las viviendas nuevas después de la introducción de la nueva ley:Deben cumplir las nuevas normas inmediatamente y renovar su homologación y otros documentos cada cinco años.

Alquiler a partir de 11 días.

Las directivas anteriores se refieren específicamente a la nueva ley introducida para la Comunidad Valenciana, que afecta a los alquileres turísticos de 10 días o menos. Por supuesto, esto también abreposibilidades  para los alquileres a medio plazo, que ahora van desde11 días a 11 meses. Para ello no se requiere ninguna licencia específica. Naturalmente, lo mismo se aplica a los alquileres a largo plazo de 11 meses o más.

Poner una casa o un piso en alquiler de temporada o de larga duración está sujeto a ciertas condiciones. Éstas son las más importantes:

  • Las viviendas no podrán ser cedidas por empresas de gestión inmobiliaria para uso turístico.
  • Las viviendas no podrán ponerse a disposición de los usuarios turísticos, presten o no servicios propios del sector hotelero.
  • No se permiten los canales de comercialización turística. Se presume comercialización turística cuando se realice a través de touroperadores u otros canales de venta o promoción turística, incluido Internet u otros nuevos sistemas tecnológicos.
  • Cuando se trata de «canales de comercialización turística», podemos decir que son portales, páginas web, plataformas o empresas de alquiler que promocionan alquileres turísticos. Por lo tanto, alojar o promocionar propiedades en estos portales dará la impresión de que se trata de alquileres turísticos.

Por otro lado, es importante entender que cuando una vivienda se anuncia para su alquiler, y éste se realiza en portales o plataformas de alquiler o venta de inmuebles que nada tienen que ver con el alquiler turístico, en tales casos no se considera que exista una «finalidad turística», y las viviendas no se consideran viviendas turísticas y, por tanto, viviendas de alquiler general.

¿Tiene alguna pregunta sobre este tema, o tiene alguna otra duda o quiere algún consejo sobre lo que interesa actualmente en este mercado como inversión y/o alquiler?

Contacte con nosotros: info@akunas.com - +34 672 247 386


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